Desde esta diminuta tribuna quiero felicitar al gobierno de España, el señor José Luis Rodríguez Zapatero, presidente del gobierno, está cumpliendo su palabra ,después de escribir en el blog varios pots sobre el tema Después de la moncloa en octubre del 2005,El tiempo no es igual para todos en abril del 2006, ¿Se cumplirá la promesa ? también en Abril del 2006 y Respuesta Carta en Agosto del 2006,me he encontrado gratamente con lo siguiente en el BOE,( boletín Oficial del Estado ).
MINISTERIO DE DEFENSA (BOE 94 de 19/4/2007)
Resolución 452/38049/2007, de 13 de abril, de la Subsecretaría, por la que se convocan los procesos selectivos para el ingreso en los diferentes Cuerpos y Escalas de las Fuerzas Armadas y en la Escala Superior de Oficiales de la Guardia Civil, y se aprueban las bases comunes y específicas que los regulan.
6.1.1 Se aplicarán los cuadros médicos de exclusiones indicados en los correspondientes Anexos, teniendo en cuenta lo dispuesto en el Acuerdo de Consejo de Ministros de 21 de octubre de 2005, por el que se elimina la disartría o tartamudez manifiesta del cuadro médico de exclusiones para el acceso a las Fuerzas Armadas.
Igualmente en el Nuevo Estatuto de la función Pública se recoge.
CAPÍTULO I
Derechos de los empleados públicos
Artículo 14. Derechos individuales.
i) A la no discriminación por razón de nacimiento, origen racial o étnico, género, sexo u orientación sexual, religión o convicciones, opinión, discapacidad, edad o cualquier otra condición o circunstancia personal o social
Artículo 95. Faltas disciplinarias.
1. Las faltas disciplinarias pueden ser muy graves, graves y leves.
2. Son faltas muy graves:
b) Toda actuación que suponga discriminación por razón de origen racial o étnico, religión o convicciones, discapacidad, edad u orientación sexual, lengua, opinión, lugar de nacimiento o vecindad, sexo o cualquier otra condición o circunstancia personal o social, así como el acoso por razón de origen racial o étnico, religión o convicciones, discapacidad, edad u orientación sexual y el acoso moral, sexual y por razón de sexo
MINISTERIO DE DEFENSA (BOE 94 de 19/4/2007)
Resolución 452/38049/2007, de 13 de abril, de la Subsecretaría, por la que se convocan los procesos selectivos para el ingreso en los diferentes Cuerpos y Escalas de las Fuerzas Armadas y en la Escala Superior de Oficiales de la Guardia Civil, y se aprueban las bases comunes y específicas que los regulan.
6.1.1 Se aplicarán los cuadros médicos de exclusiones indicados en los correspondientes Anexos, teniendo en cuenta lo dispuesto en el Acuerdo de Consejo de Ministros de 21 de octubre de 2005, por el que se elimina la disartría o tartamudez manifiesta del cuadro médico de exclusiones para el acceso a las Fuerzas Armadas.
Igualmente en el Nuevo Estatuto de la función Pública se recoge.
CAPÍTULO I
Derechos de los empleados públicos
Artículo 14. Derechos individuales.
i) A la no discriminación por razón de nacimiento, origen racial o étnico, género, sexo u orientación sexual, religión o convicciones, opinión, discapacidad, edad o cualquier otra condición o circunstancia personal o social
Artículo 95. Faltas disciplinarias.
1. Las faltas disciplinarias pueden ser muy graves, graves y leves.
2. Son faltas muy graves:
b) Toda actuación que suponga discriminación por razón de origen racial o étnico, religión o convicciones, discapacidad, edad u orientación sexual, lengua, opinión, lugar de nacimiento o vecindad, sexo o cualquier otra condición o circunstancia personal o social, así como el acoso por razón de origen racial o étnico, religión o convicciones, discapacidad, edad u orientación sexual y el acoso moral, sexual y por razón de sexo